Prueba de pérdida
También se conoce como: prueba de pérdida jurada, declaración jurada de prueba de pérdida, POL, formulario de prueba de pérdida

Homeland Public Adjusters · Última revisión: octubre de 2026
Una prueba de pérdida es una declaración jurada y firmada del asegurado que establece la fecha y la causa de la pérdida, la propiedad afectada, el interés del asegurado y de otras personas, otros seguros y el monto reclamado. La mayoría de las pólizas la exigen dentro de los 60 días posteriores a la solicitud de la aseguradora; el Programa Nacional de Seguro contra Inundaciones (NFIP) la exige dentro de los 60 días a partir de la fecha de la pérdida. Es una condición del reclamo, y omitirla es una defensa que las aseguradoras utilizan.
Guía completa: Plazos para reclamos de seguro de propiedad en Florida y Nueva Jersey
Qué pide el formulario
- Fecha, hora y causa de la pérdida, y el número y período de la póliza.
- Quién era el dueño de la propiedad y si alguien más (un acreedor hipotecario, un inquilino, un copropietario) tiene un interés.
- Cualquier otro seguro que pudiera aplicar.
- Cambios en el título, la ocupación o el uso desde que se emitió la póliza.
- El monto reclamado, por lo general desglosado en edificio, contenidos y gastos adicionales de subsistencia, y los documentos de respaldo (estimado, inventario, recibos).
- Una firma jurada, generalmente notariada.
Cuándo se debe
Pólizas de propietarios de vivienda y comerciales. La condición estándar dice que usted debe enviar una prueba de pérdida firmada y jurada dentro de los 60 días posteriores a la solicitud de la aseguradora. Algunos formularios de Florida y de líneas excedentes la exigen dentro de los 60 días de la pérdida, se solicite o no; lea la condición de Deberes después de la pérdida. Inundación del NFIP. La Póliza Estándar de Seguro contra Inundación exige la prueba de pérdida dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la pérdida, y FEMA trata el informe del ajustador como una cortesía, no como un sustituto. A veces se otorgan prórrogas después de tormentas mayores; confírmelo por escrito.
Florida
Los plazos de reclamo en Florida corren desde la notificación, no desde la prueba de pérdida: conforme a §627.70131, la aseguradora debe acusar recibo del reclamo dentro de 7 días y pagar o denegar dentro de 60 días después de la notificación. La prueba de pérdida sigue siendo una condición de la póliza, y la aseguradora puede poner a correr el plazo con su solicitud. La Carta de Derechos del Asegurado en Reclamos de Vivienda de §627.7142 exige que la aseguradora le informe los plazos y su derecho al estimado; nada en ella excusa una prueba de pérdida no presentada, así que trate los 60 días como un plazo firme. Si necesita más tiempo para valorar el reclamo, pida una prórroga por escrito antes del vencimiento y presente una prueba parcial con los montos que pueda documentar, reservándose el derecho a suplementar.
Nueva Jersey
Según N.J.A.C. 11:2-17.7, el plazo de 30 días calendario de la aseguradora para aceptar o denegar un reclamo de primera parte corre desde la recepción de una “prueba de pérdida debidamente ejecutada”. Por lo tanto, una aseguradora puede dejar un reclamo en espera hasta que llegue la prueba; enviar temprano una prueba completa y jurada pone en marcha el reloj regulatorio. La condición de 60 días de la propia póliza también aplica.
Cómo las aseguradoras la usan en su contra
- Solicitar la prueba de pérdida temprano y luego denegar por presentarla tarde o incompleta.
- Tratar el monto de la prueba como un techo máximo, de modo que una prueba subvaluada limita el reclamo (debe marcarse como “parcial” y “sujeta a suplemento”).
- Rechazar una prueba por falta de notarización o firma y no reiniciar nada.
- Usar las declaraciones de la prueba (causa, fecha, ocupación) en contra del reclamo más adelante; cada línea debe ser exacta.
Cómo completarla
Use el formulario de la aseguradora si le envía uno. Indique la causa de la pérdida en palabras sencillas que coincidan con los riesgos cubiertos de la póliza (“lluvia impulsada por el viento a través de una abertura en el techo”, no “filtración”). Adjunte el estimado y el inventario y anote los totales en el formulario. Escriba “prueba de pérdida parcial; montos sujetos a suplemento a medida que continúan las reparaciones y la inspección” encima de la firma. Conserve el original notariado y envíelo por un medio que compruebe la entrega. Un ajustador público prepara y presenta la prueba como parte del reclamo; vea honorarios de los ajustadores públicos.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no cumplo el plazo de la prueba de pérdida?
¿El estimado del ajustador es una prueba de pérdida?
¿Puedo presentar más de una prueba de pérdida?
¿La prueba de pérdida tiene que estar notariada?
Términos relacionados
La fecha de la pérdida (DOL) es la fecha en que ocurrió el daño, es decir, la fecha en que sucedió el evento cubierto, no la fecha en que usted lo descubrió o lo reportó.
Un reclamo suplementario es un reclamo por pérdida o daño adicional del mismo peligro que la aseguradora ya ajustó, o por costos incurridos durante la reparación bajo un reclamo abierto.
El valor de costo de reemplazo (RCV) es lo que cuesta hoy reparar o reemplazar la propiedad dañada con materiales nuevos de tipo y calidad similares.
Una exclusión de la póliza es una disposición que saca de la cobertura una causa de pérdida, un tipo de propiedad o una situación que el acuerdo de aseguramiento de otro modo cubriría.
Si esta es su pérdida, llame a Homeland antes de hablar con la aseguradora: Florida (305) 783-3777, Nueva Jersey (732) 517-3777, las 24 horas. Un ajustador público licenciado revisa el reclamo gratis y le devuelve la llamada de inmediato. Sin recuperación, no hay honorarios.
Fuentes
- FEMA: presente la prueba de pérdida del seguro de inundación dentro de 60 días
- Sección 627.70131, Estatutos de Florida
- N.J.A.C. 11:2-17.7
Este artículo es solo para información general y no constituye asesoría legal ni de seguros. Los estatutos, los reglamentos y la redacción de las pólizas cambian, y la forma en que se aplican depende de su propia póliza y de los hechos de su reclamo. Homeland Public Adjusters es una firma de ajuste público, no un bufete de abogados.
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Suba la carta de denegación o el estimado de la aseguradora. Un ajustador público con licencia la lee y le devuelve la llamada de inmediato. Gratis.
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