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JUNTAS Y ADMINISTRADORES · DESPUÉS DE LA TORMENTA

Los primeros 14 días de la junta después de una tormenta: lista para juntas de condominio y HOA

Homeland Public Adjusters
Por Homeland Public Adjusters
Ajustadores públicos con licencia que sirven a Florida y Nueva Jersey
Gráfico con la lista de los primeros 14 días de una junta de condominio o HOA después de un huracán
Gráfico con la lista de los primeros 14 días de una junta de condominio o HOA después de un huracán

Respuesta corta: la mayoría de los reclamos de asociaciones se definen en las primeras dos semanas: lo que la junta documenta, lo que firma y a quién llama. Proteja a las personas, documente cada edificio antes de limpiar, evite más daños, use con cuidado los poderes de emergencia que la ley de Florida da a la junta, y llame a Homeland antes de que la junta firme algo con un contratista o hable del alcance con cualquier otra persona.

Días 1–3: seguridad y documentación

  • Asegúrese de que residentes y personal estén a salvo; cierre las áreas peligrosas.
  • Fotografíe y grabe en video cada edificio, techo, área común, ascensor y cuarto de máquinas, con fecha, antes de limpiar.
  • Haga reparaciones temporales para evitar más daños (lonas, extracción de agua) y guarde cada factura.
  • Reúna la póliza maestra, la póliza de inundación y las páginas de declaraciones, el último informe de hitos y el SIRS, y fotos de antes de la tormenta. Vea qué debe tener archivado su asociación.
  • Llame primero a Homeland: revisamos las pólizas, documentamos la pérdida y manejamos el reclamo de la asociación.

Días 3–7: poderes de emergencia, usados con cuidado

Tras un estado de emergencia declarado, salvo que los documentos de gobierno lo prohíban, la junta de un condominio en Florida puede, entre otras cosas (§718.1265):

  • exigir la evacuación si hay una orden de evacuación;
  • mitigar daños, incluido quitar paneles de yeso mojados, aislamiento, alfombras y gabinetes, aun cuando el dueño deba asegurarlos o reemplazarlos;
  • contratar bienes o servicios de los que los dueños son responsables individualmente, y cobrarles el costo a esos dueños;
  • imponer cuotas especiales sin el voto de los dueños; y
  • pedir dinero prestado y dar en garantía bienes de la asociación para financiar reparaciones de emergencia cuando los fondos operativos no alcanzan.

Las juntas de HOA tienen poderes similares para las áreas comunes (§720.316), sin los poderes de evacuación ni de contratar por cuenta de los dueños. Estos poderes duran solo lo razonablemente necesario. Ninguna de las dos leyes permite a la junta usar las reservas para otros fines; vea las reservas y el deducible.

Días 7–14: proteger el reclamo

  • Verifique la licencia de cada contratista antes de firmar (vea Cómo verificar contratistas después de una tormenta). Un contrato de techo en Florida firmado dentro de los 180 días de una emergencia declarada puede cancelarse dentro de los 10 días de firmado o hasta la fecha oficial de inicio, lo que ocurra primero (§489.147).
  • No deje que un contratista interprete la póliza o ajuste el reclamo; en Florida eso requiere licencia de ajustador público.
  • Lleve los daños de las unidades por separado de los del edificio. Los dueños tienen sus propios reclamos del HO-6 por lo que deben asegurar; dígales que también llamen a Homeland, y coordinaremos los reclamos de las unidades con el de la asociación.
  • Comuníquese con los dueños por escrito: qué pasó, qué está haciendo la junta y cuándo esperar la próxima actualización.
  • Vigile los plazos del reclamo: vea Plazos de reclamos en Florida y Nueva Jersey.
¿Edificio dañado? Llame a Homeland antes de que la junta llame a nadie más. Revisamos la póliza maestra, documentamos la pérdida edificio por edificio y manejamos el reclamo de la asociación. Florida (305) 783-3777 · Nueva Jersey (732) 517-3777 · Se habla español. O inicie el reclamo en línea. Para juntas que quieren prepararse antes de una tormenta, reserve una sesión gratuita para la junta.

Preguntas frecuentes

¿Puede la junta de un condominio en Florida imponer una cuota especial sin votación después de un huracán?
Durante un estado de emergencia declarado, salvo que los documentos de gobierno lo prohíban, el §718.1265 permite a la junta imponer cuotas especiales sin el voto de los dueños, mientras sea razonablemente necesario.
¿Puede la junta quitar paneles de yeso mojados dentro de las unidades después de una tormenta?
Sí, según el §718.1265, la junta puede mitigar daños, incluido quitar paneles de yeso mojados, aislamiento, alfombras y gabinetes, aunque el dueño de la unidad deba asegurar o reemplazar esos elementos.
¿A quién debe llamar primero la junta después de daños por tormenta?
Llame primero a Homeland, al (305) 783-3777 en Florida o al (732) 517-3777 en Nueva Jersey. Revisamos la póliza maestra, documentamos la pérdida y manejamos el reclamo de la asociación.

Fuentes: Estatutos de Florida §718.1265; Estatutos de Florida §720.316; Estatutos de Florida §489.147.

Esta guía es información general para juntas y administradores de asociaciones, vigente a octubre de 2026. No es asesoría legal. Rigen sus documentos de gobierno, sus pólizas y el abogado de su asociación.

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